Comunidad

Iglesias ya tienen aval con protocolos de bioseguridad para operar en Colombia

De acuerdo con la Resolución 1120 del 3 de julio de 2020 emitido por el Ministerio de Salud, la prestación de servicios religiosos en municipios sin covid o con baja afectación debe garantizar el distanciamiento de 2 metros y el aforo se debe ajustar a esta medida.

La resolución contiene medidas que garantiza que todos los asistentes estén sentados, con distanciamiento físico de 2 metros, sillas ubicadas en zig-zag y que se les tome la temperatura a los feligreses al ingreso.

El aforo, se debe ajustar en la garantía del distanciamiento físico cada 2 metros entre personas sentadas. Para este propósito, se llevará a cabo un plan piloto durante 15 días con un aforo máximo de 50 personas, siempre y cuando se cumplan los 2 metros de distanciamiento. Al culminar dicho plan piloto, se realizará otro, también con duración de 15 días, en donde se permitirá aforo al 35%, con la distancia social de 2 metros entre personas sentadas y cumpliendo todas las medidas dispuestas.

El Ministerio de Salud y Protección Social hará el seguimiento y evaluación de estos planes en municipios no covid-19 o con baja afectación.

Medidas que se deben tomar en los recintos religiosos:

  • Los responsables del lugar de culto deben informar previamente sobre los horarios y formas de participar en los servicios religiosos y actos litúrgicos.
  • Se invitará a ir directamente de la casa a la celebración y, al terminar, la población debe regresar inmediatamente a su hogar.
  • Todo el personal que apoye la celebración debe estar capacitado en las medidas generales de bioseguridad y sobre la identificación de signos y síntomas del covid-19.
  • Tomar la temperatura al ingreso
  • Prohibir la entrada a personas con fiebre
  • Desinfectar todas las instalaciones
  • Garantizar el distanciamiento de 2 metros antes de ingresar al recinto
  • No permitir el ingreso de niños, niñas y adolescentes
  • Las personas al ingreso se deben desinfectar las manos con alcohol glicerinado, como también las suelas de los zapatos de los feligreses.
  • Todos los asistentes deben usar tapabocas con correcta postura y el personal de apoyo además debe usar protección ocular.
  • Al momento de sentarse, se debe realizar una disposición de las instalaciones del lugar de culto que garantice el distanciamiento físico de 2 metros de distancia lateral, 1 metro hacia adelante y 1 metro hacia atrás de distancia, entre persona y persona.
  • No se permiten personas de pie, diferentes al personal de apoyo.
  • Garantizar la aireación natural o ventilación de los lugares de culto, manteniendo puertas y ventanas abiertas y, por ninguna razón, se debe compartir papelería o documentos de mano a mano.
  • En la salida y fin del acto religioso, la logística debe garantizar que no se rompa el distanciamiento físico de 2 metros entre personas, que no se lleve a cabo ninguna actividad que implique manipulación de alimentos
  • Garantizar el uso de baños públicos dentro de las instalaciones del culto, asegurando agua, jabón y toallas desechables.

Medidas que deben tomar los feligreses:

  • Los asistentes a los cultos deben respetar y hacer respetar el distanciamiento físico
  • Realizar la higienización de manos
  • Utilizar permanentemente el tapabocas
  • Permanecer en el mismo lugar durante el desarrollo de la misa o culto
  • No llevar cirios, velas o velones
  • Evitar portar carteras u objetos no necesarios para la celebración.
  • No saludar de manos, besos ni abrazos
  • Si presenta comorbilidades como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer, VIH, obesidad, desnutrición o es mayor de 60 años de edad, debe abstenerse de ir
  • Personas con síntomas de gripa por ninguna razón deben asistir al culto.

Otras recomendaciones:

El protocolo recomienda efectuar una inscripción previa para las asistencias a la congregación, ya sea por teléfono o correo electrónico, para evitar conglomeraciones, como también llevar registro de las personas que ingresan, y realizar las celebraciones litúrgicas de máximo una hora.

Resolución No. 1120 de 2020