Gobernación del Meta amplía el plazo para las postulaciones al subsidio de mejoramiento de vivienda `Más Vivienda Digna´
La Gobernación del Meta amplió el plazo para que familias que hicieron su preinscripción al subsidio de mejoramiento de vivienda ´Más Vivienda Digna´, puedan formalizar su inscripción postulándose en la plataforma virtual Más Vivienda.
Son 900 mejoramientos de vivienda para los municipios de: Restrepo, Barranca de Upía, Cabuyaro, Puerto Gaitán, Puerto López, Granada, Fuentedeoro, Vista Hermosa, Puerto Lleras y Puerto Concordia.
Son mejoramientos por $15.600.000 para la zona urbana y de $22.300.000 para la zona rural, para cada uno de estos municipios se asignarán 90 mejoramientos, 70 para la parte urbana y 20 para la parte rural, así lo dio a conocer la secretaria de Vivienda del Meta, Linda Guzmán Gutiérrez.
En ese sentido, la funcionaria invita a la ciudadanía a continuar con el proceso, “ampliamos el plazo para las postulaciones a los mejoramientos de vivienda, ante las peticiones de los alcaldes y la comunidad, nuestra gobernadora, Rafaela Cortés, ha decidido ampliar las postulaciones hasta el próximo lunes 16 de junio, así que, están todos invitados a continuar con el proceso”.
El plazo máximo para las postulaciones es hasta el 16 de junio y en este proceso las familias sí deben adjuntar los documentos requeridos de acuerdo a la zona donde se encuentre ubicada su vivienda.
Quienes requieran orientación sobre el proceso pueden acercarse a la oficina de Planeación de cada municipio o en Villavicencio en la secretaría de Vivienda departamental, o escribiendo al correo de [email protected]
Si el mejoramiento es para una vivienda ubicada en el sector urbano, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Copia de los documentos de identidad de todos los miembros del núcleo familiar actualizados de acuerdo a la edad, y manifestación por escrito de todos los mayores de edad del núcleo postulado donde declaren que pertenecen al núcleo familiar del titular.
- Certificado del Sisbén de todos los integrantes del núcleo familiar.
- Certificar la residencia mínima de un (1) año en el Municipio que se aspira y cinco (5) años en el departamento del Meta.
- Certificar los ingresos del núcleo familiar, los cuales no deben superar el equivalente a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigente.
- Ningún miembro del núcleo familiar puede haber sido beneficiario de subsidios familiares de vivienda.
- Ningún miembro del núcleo familiar puede ser propietario o poseedor de una vivienda, predio o inmueble diferente a la que será objeto.
- Certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
- Certificado de posesión ininterrumpida por un término mínimo de cinco (5) años, expedido por el jefe del hogar.
- Certificado del avalúo de la vivienda expedido por un profesional con matrícula o recibo del predial o avalúo del inmueble por parte de la secretaría de Planeación o quien haga sus veces en el municipio.
- Certificación de que la vivienda se encuentra ubicada en un barrio en suelo urbano, Y que no se encuentre ubicada en zonas de alto riesgo, por parte del municipio.
- Certificado del avalúo de la vivienda por un profesional con matrícula o recibo del predial o avalúo del inmueble por parte del municipio.
- En caso de discapacidad, certificar la discapacidad por la autoridad competente, ya sea el del jefe del hogar o algún miembro del núcleo familiar.
- Acreditar en caso de enfoque diferencial, como:
- Víctima: indicar en el formulario cuántos miembros del hogar son víctimas, los cuales deben estar inscritos en el Registro Único de Víctimas expedido por la UARIV.
- Hombre o mujer cabeza de familia, mediante declaración extra juicio ante notaría.
- Constancia de acreditación de una persona en proceso de reincorporación expedida por la Agencia para Reincorporación y la Normalización-ARN.
- Comunidades afrodescendientes: certificado de autorreconocimiento expedido por el Ministerio del Interior.
- Comunidad LGBTIQ+: Debe estar inscrito en la base de datos de la Secretaría de la Mujer.
- Adulto mayor deberá indicarlo en el formulario.
- Minorías étnicas, expedido por el Ministerio del Interior o el que designe el Gobierno Nacional.
Si el mejoramiento es para una vivienda ubicada en el sector rural, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Copia de los documentos de identidad de todos los miembros del núcleo familiar actualizados de acuerdo a la edad y manifestación por escrito de todos los mayores de edad del núcleo postulado donde declaren que pertenecen al núcleo familiar del titular.
- Certificado del Sisbén de todos los integrantes del núcleo familiar.
- Certificar la residencia mínima de un (1) año en el municipio que se aspira y cinco (5) años en el departamento del Meta.
- Certificar los ingresos del núcleo familiar, los cuales no deben superar el equivalente a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Ningún miembro del núcleo familiar puede haber sido beneficiario de subsidios familiares de vivienda.
- Ningún miembro del núcleo familiar puede ser propietario o poseedor de una vivienda, predio o inmueble diferente a la que será objeto.
- Certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
- Certificado de sana posesión ininterrumpida por un término mínimo de cinco (5) años, expedido por el jefe del hogar.
- Certificado del avalúo de la vivienda expedido por un profesional con matrícula o recibo del predial o avalúo del inmueble por parte de la secretaría de Planeación o quien haga sus veces en el municipio.
- Certificado por parte del municipio, del predio que cuente con la posibilidad de acceder a agua para consumo humano y doméstico.
- Certificado por parte del municipio que el lote no se encuentre ubicado sobre ronda de cuerpo de agua o zona de riesgo, y no esté ubicado en zona de reserva, de obra pública o de infraestructura básica de nivel nacional.
- Documento que acredite la compraventa del predio, en el caso de ser poseedor.
- Certificado de Suelo Rural y/o no alto riesgo por parte del municipio.
- En caso de discapacidad, certificar la discapacidad por la autoridad competente, ya sea el del jefe del hogar o algún miembro del núcleo familiar.
- AcredItar en caso de enfoque diferencial, como:
- Víctima: indicar en el formulario cuántos miembros del hogar son víctimas, los cuales deben estar inscritos en el Registro Único de Víctimas expedido por la UARIV.
- Hombre o mujer cabeza de familia, mediante declaración extra juicio ante notaría.
- Constancia de acreditación de una persona en proceso de reincorporación expedida por la Agencia para Reincorporación y la Normalización-ARN.
- Comunidades afrodescendientes: certificado de autorreconocimiento expedido por el Ministerio del Interior.
- Comunidad LGBTIQ+: Debe estar inscrito en la base de datos de la secretaría de la Mujer.
- Adulto mayor, deberá indicarlo en el formulario.
- Minorías étnicas, expedido por el Ministerio del Interior o el que designe el Gobierno Nacional.